El no ingreso al régimen de facturación electrónica luego de recibida la notificación por parte de DGI, acarreará la suspensión del certificado de vigencia anual (CVA).
Además conlleva sanciones por contravención, debido al incumplimiento en las formalidades de la documentación. DGI aplicará las sanciones a todos los comprobantes emitidos que no cumplan con las condiciones formales establecidas por el régimen de facturación electrónica.
A partir del momento que DGI emite la resolución por la cual la empresa entra al régimen de facturación electrónica, la misma cuenta con un período «de transición» de 4 (cuatro) meses, durante los cuales puede agotar la documentación en papel que tenga, realizar los ajustes finales necesarios para comenzar a emitir electrónicamente, etc.