¿Cómo funciona la Facturación Electrónica en Uruguay?

La DGI ha implementado un régimen de beneficios para que los contribuyentes de menor capacidad económica tengan la posibilidad de adquirir soluciones básicas de facturación electrónica.

¿Qué es la Facturación electrónica en Uruguay?
La facturación electrónica es un régimen de documentación de operaciones mediante Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE). El comprobante fiscal electrónico es un documento digital generado y firmado electrónicamente en el formato preestablecido por la DGI, que tiene la misma validez legal y tributaria de las facturas y otros documentos soportados en papel.

¿Cómo funciona la facturación electrónica?
Para ingresar al sistema de comprobantes fiscales electrónicos los sujetos pasivos deben cumplir con los siguientes requisitos y condiciones:
– Conocer toda la normativa e instructivos de facturación electrónica publicada en el Portal eFactura de la DGI (www.efactura.dgi.gub.uy).
– Estar en situación de operar con el sistema de facturación electrónica, lo que implica contar con: Certificado electrónico válido, Software para la emisión de los CFE y otras aplicaciones, sistemas, equipamiento y procedimientos necesarios para operar en el sistema.
– Ser sujeto pasivo de alguno de los impuestos administrados por la DGI.
– Para solicitar e-Factura, e-Factura de Exportación, e-Ticket, e-Factura Venta por Cuenta Ajena, e-Ticket Venta por Cuenta Ajena y e-Boleta de entrada, así como sus respectivas notas de corrección, e-Resguardo, e-Remito y e-Remito de Exportación; debe ser contribuyente de IVA servicios personales, IVA general, IMEBA, IVA Mínimo y/o IRAE, ser usuario directo o indirecto de Zona Franca o contribuyente exonerado.
– Los sujetos pasivos no contribuyentes de estos impuestos, ni usuarios de Zona Franca; pueden solicitar exclusivamente e-Resguardo (en esta primera etapa rige solamente para Organismos del Estado), tener los datos registrales en el Registro Único Tributario (RUT) actualizados a la fecha o constituir dos direcciones de correo electrónico de uso exclusivo para facturación electrónica: a) mail de contacto DGI para todas las comunicaciones a que dé lugar la emisión de los CFE y sus asuntos vinculados, y b) mail de contacto con otros emisores electrónicos para la comunicación como emisores/receptores en el envío de los CFE emitidos y de los mensajes de respuesta en el que den cuenta del estado de recepción de los mismos.
No obstante lo expuesto, la DGI resolverá sobre la inclusión del postulante para operar en el sistema de facturación electrónica.


¿Quiénes están obligados a pasarse al régimen de FE?
De acuerdo a la Res. 3012/2015, están obligados a ingresar al sistema CFE los contribuyentes con ingresos superiores a UI 305.000, excluyéndose a los contribuyentes de IVA Mínimo de dicha obligación.

En la actualidad existen 2 regímenes vigentes de promoción:
1)Dec. 200/2018
Abarca el arrendamiento de terminales de procesamiento electrónico de pagos que integren un sistema de facturación electrónica y asciende a un máximo de 380 UI mensuales. Hasta 6/2021 el beneficio se aplica por un 70% de dicho monto y hasta 6/2022 por un 40%. Otorgados a: emisores electrónicos contribuyentes de IVA Mínimo (con facturación de hasta 305.000 UI o regímenes especiales de taxi, feriantes, etc.).
Importante: Este beneficio vence en junio del presente año.
2)Dec. 206/2019
Abarca el servicio de solución de software y asciende a un máximo de 80 UI mensual, está vigente hasta 12/2021. Otorgados a: los emisores electrónicos contribuyentes de IVA Mínimo, IVA servicios personales y contribuyentes de IRAE con facturación de hasta 750.000 UI en el ejercicio anterior o nuevos contribuyentes.
Importante: Este beneficio vence a fines del 2021.
*Se recuerda que, si bien los contribuyentes de Monotributo aún no están habilitados a ingresar al sistema de Factura Electrónica, sí cuentan con los beneficios por contar con un POS (artículos 5 y 10 del Decreto N°200/018).

Se encuentra disponible con acceso libre, en el Portal de eFactura de DGI, el listado de todos los emisores electrónicos autorizados.

¿Cuáles son los pasos para incorporarse al sistema?
Los sujetos pasivos deberán solicitar su incorporación ante DGI, cumpliendo las siguientes etapas:

TESTING
En primer lugar, se solicita el acceso al ambiente de Testing (clave de Testing) en el cual podrán hacer pruebas libres de envío de documentos, sobres y reportes, representativos de su operativa real, a los efectos de verificar su sistema informático e ir depurando sus aplicaciones.

HOMOLOGACIÓN
Quienes postulen mediante el mecanismo simplificado de ingreso al régimen y quienes hayan cumplido la prueba de testing, deben solicitar el acceso al ambiente de homologación (clave de homologación). En este ambiente se ejecutan los procesos de solicitud y autorización como emisores electrónicos y de certificación de nuevo CFE (si ya son emisores).
Se deben cumplir las siguientes etapas:
1. Postulación: En esta etapa el sujeto pasivo se postula para adquirir la calidad de emisor electrónico de CFE.
2. Certificación: tiene como objetivo la realización de una serie de etapas específicas que permiten, en la medida que las mismas sean exitosas, avanzar en el proceso necesario para alcanzar la calidad de emisor electrónico o certificar un nuevo CFE.


¿Qué beneficios tiene la Facturación Electrónica?
El nuevo régimen está basado en una tecnología que detecta errores y cualquier adulteración que exista en los documentos presentados, lo cual permite un importante aumento de la seguridad de la información.
Por otro lado, al usar documentos electrónicos se disminuyen los costos operativos, los costos asociados a la impresión, adquisición, envío y almacenamiento de los documentos; lo que recae directamente en el cumplimiento de la Responsabilidad Social Empresarial.
También este nuevo sistema facilita el intercambio comercial, minimizando errores en confección y registro de comprobantes a través del control y acceso de información inmediato que permite la eficiencia del proceso.
La facturación electrónica brinda un marco legal fundamental en la competencia empresarial y la seguridad de transparencia en las transacciones.